Tomo y obligo




1.

   En los subterráneos, espacios de publicidad vacantes son publicitados con una vistosa leyenda: "Así se verá su aviso". La afirmación no tiene posibilidad de ser falsa: o es verdadera o no es; o nace verdadera o no nace. Tal es la prerrogativa de los enunciados autoevidentes.

2.

   Imaginemos que el Dios que fue desafiado a crear una piedra inlevantable le hace sufrir lo que él sufrió a un devoto que le ha jurado obediencia perfecta. Le bastó escribir un primer mandamiento para frustrar la pretensión: "No leas esto".
   La orden prohíbe aquel acto sin el cual no existiría, sin el cual carecería de efecto. No tiene posibilidad de ser cumplida: o es incumplida o no es. La existencia misma de la orden (o el hecho de su vigencia, si se prefiere) provoca –más aún, implica– la transgresión de su voluntad. El único efecto posible de este mandato es su desobediencia: me exige lo que me impide.

3.

   La sílaba de un monosílabo no es ni tónica ni átona: en su caso, la opción ya no cuenta. Una sílaba es tónica sólo en relación a otra que no lo es. Si se anula uno de los términos de la relación, se desvanece la relación misma (no sería una carrera aquella en la que sólo pudiera salir primero, por ser yo su único participante inscripto).
   Una aseveración puede ser verdadera o falsa; una orden puede ser obedecida o desobedecida. En "Así se verá su aviso" y en "No leas esto", un término de la opción es absolutamente elegible y el otro es absolutamente inelegible. La alternativa existe, pero con la decisión ya tomada, obligada.
   La falsedad o la obediencia no son posibles: fueron posibles, hasta el momento en que tuvo lugar la constitución del acto verbal; a partir de ahí, sólo la verdad y la desobediencia son posibles. Si el acto verbal tiene algún efecto, ese efecto es de verdad y es de desobediencia.

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